RENOVAR EL CARNET DE CONDUCIR ¿ UN DERECHO?

Tras el correspondiente aprobado en el examen teórico y después en el práctico, conseguimos nuestro carnet de conducir. Este carnet nos da DERECHO a conducir un vehículo por un tiempo determinado, siempre que respetemos las normas de circulación.

Actualmente el período de vigencia del carnet es de diez años hasta cumplir los sesenta y cinco y de cinco años a partir de esa edad.

Durante este período de tiempo es lógico pensar que podemos enfermar, o tener un accidente que nos provoque una incapacidad, o una operación que nos limite nuestros movimientos o una enfermedad mental que nos altere nuestra capacidad de decidir.

Por estos motivos se hacen los reconocimientos de conductores periódicos.  Yo me dedico a hacer estos reconocimientos y mi objetivo principal es que el conductor siga teniendo su DERECHO   a conducir. Cuando se detectan enfermedades o conductas que pensamos que pueden alterar su capacidad de conducir, pedimos un informe a su médico de cabecera o al especialista que lo atiende, porque son los médicos que realmente conocen al paciente y saben si siguen sus recomendaciones de tratamiento o no.

Nuestro objetivo es que el conductor siga conduciendo, pero a veces es necesario adaptar su vehículo, o limitarle la velocidad máxima, o indicarle que sólo puede conducir con luz diurna o suspender temporalmente este derecho hasta que el problema se haya solucionado.

Para algunos conductores mayores de sesenta y cinco, sus coches  son sus piernas. Andan con dificultad, pero las habilidades motoras necesarias para conducir, las mantienen. Renovando su carnet, ayudamos a que estas personas sean autosuficientes y estén mejor integradas en la sociedad.

NO es fácil decirle a un conductor que sus capacidades para conducir no son las adecuadas y que puede representar un peligro para sí mismo o para los demás.

Pero a veces, no hay más remedio.

A PARTIR DE 2016, LAS CONSULTAS QUE PRECISEN LAS PUEDEN REALIZAR EN EL SIGUIENTE ENLACE:

RECONOCIMIENTO DE CONDUCTORES

  1. Reme dice:

    Hola Susana. Para poder renovar el permiso profesional no debe existir una pérdida combinada de ambos oídos igual o superior al 35%. El cálculo de la pérdida combinada no es sencillo ya que hay que aplicar una fórmula con los datos de la audiometria. En los casos en que haya duda, se debería remitir al conductor a un
    especialista de ORL para determinarlo. Un saludo.

  2. Susana dice:

    Buenos dias Reme
    Lo que no entiendo es como en la audiometria del reconocimiento medico sale que es apto para el puesto de trabajo (teniendo en cuenta que su puesto de trabajo requiere un carnet de camiones) y en la DGT no lo dan por valido.
    Hay diferentes valoraciones?
    GRacias

  3. Reme dice:

    Hola Susana, tienes razón, no es lógico que se apliquen criterios distintos, siendo su profesión la de conductor profesional. Un saludo.

  4. Jose Antonio dice:

    Buenas tardes, he descubierto su blog y quisiera saber si me puede aconsejar.

    Dentro de unas semanas me caduca el permiso de conducir, cumplo 50 años. Desde hace más de 30 sufro ocasionalmente palpitaciones y últimamente extrasístoles; se lo he comentado a familiares médicos que han puesto cara de diversión y siempre me han dicho que no me preocupe, que eso le pasa a mucha gente. De hecho obtuve y he renovado el carné siempre, pero se acerca el momento de renovarlo de nuevo y la verdad es que estoy aterrorizado. Aunque no lo parezca soy una persona normal, con familia, con un trabajo estable y bien remunerado; es más, subo y bajo escaleras diariamente, hago una vida normal, pero me aterroriza pensar que me van a descubrir una enfermedad cardiaca, o algo así. En este momento soy incapaz de acercarme a un centro para renovar el carnet, me siento impotente y ridículo. ¿Podría ayudarme? Muchas gracias.

  5. Reme dice:

    Hola José Antonio. Las palpitaciones por sí mismas no impiden renovar el permiso de conducir. En el caso que en el reconocimiento de conductores se detecte una arritmia o algún problema cardíaco, se remite al conductor a su médico de familia para que valore la patología y haga las pruebas pertinentes. Se quedaría asombrado de la cantidad de patologías que se detectan en los reconocimientos y que el propio conductor desconocía. Tenga en cuenta que es un servicio MÉDICO cuyo principal objetivo es COMPROBAR QUE EL CONDUCTOR MANTIENE LAS CAPACIDADES FÍSICAS PARA UNA CONDUCCIÓN SEGURA. Si como dice, mantiene una vida activa y no tiene problemas de salud, no debe tener ninguna preocupación por la renovación. Un saludo.

  6. flori dice:

    Hola buenas tardes mi consulta es la siguiente :mi marido nació en el año 64 , su última renovación del cané de conducir fue el 20/10/2006, pero el otro dia le paró la guardia civil y le multaron por que el carné lo tenia caducado desde febrero de este mismo año,nos somprendimos mucho por que supuestamente la validez del carné es de 10 años ,en este caso su validez ha sido de 7 años y 4 meses,coincide que la fecha de caducidad es la misma que la fecha de su cumpleaños , fuimos a la jefatura general de trafico de nuestra ciudad y nos dijo un señor que estaba allí indicando a cada persona donde se tenia que dirigir según lo que quisiera cada cual,que en esa fecha cuando él se renovó el carnè (2006) tenían una validez de 8 años y que hacían coincidir la fecha de caducidad con la fecha del cumpleaños del conductor,quisiera saber si esto es cierto o no , a nosotros nos parece de risa y a todos a quien se lo contamos también , a la misma vez quisiera me aconsejaran que debemos hacer.muchas gracias .

  7. Reme dice:

    Hola Flori: en la anterior legislación la vigencia del permiso era distinta y se cumplía cuando el conductor cumplía 50 años. Entonces la vigencia era de 5 años y ahora, con el cambio es de 10 años hasta los 70. Un saludo.

  8. María dice:

    Hola, a mi marido le acaban de diagnosticar Retinosis Pigmentaria. Trabaja de chofer repartidor con carné B. Al consultarle a la oftalmolaga si puede conducir nos contestó que existe un vacio legal al respecto. El campo de visión que tiene es de 12º Centrales. Que debería hacer? GRACIAS

  9. Reme dice:

    Hola María. La retinosis pigmentaria es una enfermedad progresiva que desgraciadamente, reduce mucho la capacidad visual. Lo que dice el Reglamento General de Conductores es que no se puede renovar el permiso B si el campo visual binocular es inferior a 120º en el plano horizontal y entre 15 y 20 por encima y por debajo del punto de fijacíón. Puede que le reduzcan la vigencia del permiso, precisamente por ser una enfermedad progresiva. Un saludo.

  10. manuel dice:

    buenas! queria saber si tomando dosis minimas de tratamiento psicologico. podria conducir? yo llevo casi 20 años conduciando pero con ciclomotores con en permiso am, pero aora al decir q tomo este tratamiento me an mandado aun reconocimiento medico pero no el psicotecnico,si no en un cenro de salud, aver si me pudieras decir si con tratamiento psicologico se puede conducir o no? gracias

  11. fernando dice:

    si en un centro al hacerte el sicotecnico te dan negativo , te lo puedes hacer en otro o ese ya es definitivo

  12. josé dice:

    tengo todos los carnets de conducir, adquirí una enfermedad mental (esquizofrenia paranoide) todavía me quedan 3 años de carnet( b y a )que son los que utilizo , he de comentar esto a trafico y al seguro de mi vehículo. tengo una absoluta y un 70% de discapacidad. el psiquiatra me hizo un informe favorable pues tenía que renovar los carnets profesionales, me olvide de ello. Si un día me recuperara pues hay casos tendría que volverme a sacar los profesionales

  13. Reme dice:

    Hola Manuel. No sólo depende del tratamiento que tome, también es importante saber si están controlados los síntomas de su enfermedad. Por ese motivo, le han pedido un informe a su médico de familia. Un saludo.

  14. Reme dice:

    Hola Fernando. En el caso de darle un NO APTO en un centro de reconocimiento se notifica directamente a la DGT. En el caso de que vaya a otro centro a hacerse otro reconocimiento surgirá una discrepancia y tendrá que ir a otro centro que le indiquen en Sanidad para resolverla. Un saludo.

  15. Reme dice:

    Hola José. En el caso de las enfermedades mentales, el informe favorable del psiquiatra es lo que tiene más valor. Cuando tenga que renovar su permiso, lleve consigo este informe. Un saludo.

  16. Jose Antonio dice:

    Buenos días Reme.

    Pues sí, ayer renové el permiso de conducir. Solo me encontraron la tensión un poco alta, pero debido a que me hallaba un poco nervioso.
    No tenían ningún fundamento mis temores. Gracias por tus consejos del día 10 y mis felicitaciones por el blog.

  17. MAITE dice:

    He visto según sus respuestas a otras consultas, que en ocasiones les aparece al enviar el certificado médico a la DGT que las restricciones han cambiado. Mi duda es la siguiente, si yo antes cuando me saqué el carnet y lo renové por primera vez no usaba gafas, y ahora al realizar la nueva renovación si que las necesito, les aparecerá también ese aviso de que las restricciones han cambiado cuando manden el certificado a la DGT? Gracias.

  18. Reme dice:

    Muchas gracias Jose Antonio.

  19. Reme dice:

    Hola Maite. En el caso de necesitar gafas en la actual revisión no aparece ningún aviso. Un saludo.

  20. JUAN dice:

    Hola. Cuando fui a renovar el permiso de conducir clase B, el médico del centro de reconocimientos entendió que tenía un problema auditivo, que consideró tenía que controlar por si me iba a más, por lo que me indicó, para mi sorpresa, el código 104.2. Por el contrario no indicó ningún otro código restrictivo, de espejos retrovisores, de velocidad, ni nada. Eso puede ser así? Cuando tenga que volver a renovar, tendré que hacerlo a partir de ahora cada dos años? Como podrán saber en el centro al que vaya (ya que no pienso volver al mismo) este problema auditivo si únicamente me indicaron el código 104.2?

  21. Reme dice:

    Hola Juan. En su caso se ha aplicado el criterio facultativo y debe renovar en dos años. En la próxima revisión el médico del centro de reconocimiento le preguntará a usted el motivo de esta restricción de la vigencia y en el caso que su audición haya empeorado, le mantendrá este código. Si no hubiera sido así y el motivo de la hipoacusia se hubiera solucionado ( por ejemplo, una otitis serosa puede disminuir la audición temporalmente) la vigencia será la que le corresponda por su edad. Un saludo.

  22. MARCOS dice:

    Muy interesante su Blog, Felicitarle !! De lo que leí me parece entender que Uds. al introducir los datos del conductor en la base de datos de la DGT, no pueden visualizar, ni la fecha de concesión y vencimiento del permiso, ni las posibles restricciones o limitaciones de vigencias que tenga ese conductor, y solo les sale el aviso cuando mandan el certificado de APTO con datos distintos a los que existían. Eso es así? No sería más lógico que visualizaran todos los datos y posibles enfermedades de ese conductor directamente en la base de datos de la DGT?

  23. Reme dice:

    Hola Marcos. Es correcto como lo ha relatado. A través de los códigos del permiso de conducir podemos intuir algunas de las restricciones que tiene el conductor pero no tenemos acceso a su historial. Un saludo.

  24. MARISOL dice:

    Hola, antes que nada felicitarte por el blog.. Es de mucha ayuda.
    Tengo un hijo de 18 años que quiere sacarse el carnet de conducir, el tiene síndrome de Asperger y tiene tratamiento psicológico.
    Se qué por cómo es el sería un conductor respetuoso en extremis de las normas de circulación. Ya que por su síndrome es perfeccionista y lleva a raja tabla las normas establecidas. Me preocupa el examen teórico, ya que yo lo he hecho y hay preguntas que son muy abstractas y poco claras.
    El tiene una alta capacidad intelectual, pero por su síndrome las preguntas se las deben plantear claras y directas.
    Existe algún tipo de excepcionalidad para este tipo de personas o un examen diferente, o debe pasar el examen general?
    Y otra pregunta, es sí es conveniente mencionarlo al sacarle el carnet o no?

    Gracias

  25. Reme dice:

    Hola Marisol. El Reglamento General de Conductores dice " No deben existir trastornos por déficit de atención o del espectro autista, cuya gravedad implique riesgo para la conducción. Tampoco se admiten casos moderados o graves de trastorno disocial u otros comportamientos acompañados de conductas agresivas o violaciones graves de normas cuya incidencia en el seguridad vial sea significativa"
    Por lo que comenta, su hijo no presenta ninguno de estos problemas. Lo más adecuado si tiene dudas, es pedir a su especialista un informe en el que se haga constar su patología así como que su conducta no presenta ningún riesgo para la seguridad vial. En cuanto al exámen teórico, no hay excepciones ya que su capacidad intelectual es alta.
    Un saludo.

  26. maria dice:

    hola!! Yo he ido hoy a renovar el carnet "B" en vitoria por primera vez. Tengo un trasplante renal hace 10 años y llevo gafas. He tenido que llevar un informe medico de que soy apta para conducir(por el trasplante) Me lo han renovado por 5 años.¿ Es correcto? por que si tengo un informe que dice que todo esta perfecto ¿no deberian ser 10 años? En observaciones han puesto[0106] muchas gracias

  27. Reme dice:

    Hola María. El objetivo principal de los trasplantes es conseguir que el paciente se reincorpore a la vida normal en todos sus aspectos. Por este motivo entiendo que se extrañe que la vigencia de su permiso sea menor. El Reglamento General de Conductores deja a criterio facultativo la vigencia del permiso. Un saludo.

  28. razvan dice:

    Hola buenas, kisiera saber si existe la posibilidad de sacar el carnet de conducir de una moto 125cc teniendo una minusbalia de vision de un 71% causada por un virus de nacimiento.

  29. Reme dice:

    Hola Razvan. La agudeza visual mínima para obtener cualquier permiso para conducir es del 50%. Por lo tanto, lo siento pero no puede obtener el permiso para moto de 125cc. Un saludo.

  30. mary dice:

    Hola me gustaria saber si teniendo un ojo vago aunque el otro ojo tenga buena salud pueden negarte el carne de tipo C y cual seria realmente el problema ya k poseo el btp y el c1 y no me pusieron ningun inconveniente

  31. Reme dice:

    Hola Mary. Para el permiso de tipo C se exige una agudeza visual mínima de 60% en el peor ojo y del 80% en el otro ojo. Un saludo.

  32. emilio dice:

    Hola Reme, mi pregunta es sencilla, porque a los mayores de 70 años en Córdoba solo le renuevan el carnet por 6 meses con el consiguiente trastorno que ello implica, es legal eso? No es una falta de respeto a los mayores ? En el interior de la provincia lo hacen por un año. Gracias

  33. Reme dice:

    Hola Emilio. La edad de 70 años no es un límite por sí para renovar el permiso. Depende mucho más de las posible enfermedades que padezca el conductor. Cada caso hay que analizarlo y si la vigencia es menor es por criterio facultativo. La DGT aconseja evaluar el posible empeoramiento de las enfermedades a corto plazo en las personas mayores pero no es obligatorio renovar cada 6 meses. Un saludo.

  34. Antonio dice:

    Hola Reme, tengo el permiso cumplido en Junio pasado, ¿si lo renuevo ahora supondría algún sobre coste o sanción?

  35. Reme dice:

    Hola Antonio. Cuando el permiso de conducir está caducado y te para un control de Tráfico, la multa puede ascender hasta los 300€. Sin embargo, si vas a un centro de reconocimiento de conductores a renovartelo no te va a suponer ningún sobrecoste, por lo tanto, renuevaló cuanto antes. Un saludo.

  36. Sam dice:

    Hola Reme.
    Me encuentro en una situación extraña. Tengo agudeza visual binocular pero con ambos ojos estoy en torno al 50% de agudeza visual estática. Tengo que renovar el permiso, me encuentro seguro al volante, y dependiendo de que tipo de panel de letras me pongan veo más de un 50% o menos de eso.
    ¿Podria exigir una prueba de agudeza visual en condiciones de conducción real? Por que estoy seguro de que la pasaría.

  37. Sam dice:

    En el reconocimiento del trabajo en binocular cercana veo el 60% y binocular lejano el 70% pero claro hay que ver hacia que lado mira una sola letra E. Sin embargo en una prueba del hospital por el ojo derecho me sale 30% y por el izquierdo 40% de AV, sin hacerme la binocular.
    No se muy bien en que situación estoy, ni si podría solicitar esa prueba que te he comentado.
    Gracias de antemano.

  38. Reme dice:

    Hola Sam. La agudeza visual mínima que se exige para renovar el permiso B es binocular del 50%, con o sin gafas.
    Todos los centros de reconocimientos tienen concertado un servicio con oftalmología que , en caso de duda, emite un informe. Un saludo.

  39. Sam dice:

    Gracias Reme. ¿Pero podría exigir una prueba de agudeza visual en condiciones de conducción real? Y otra pregunta es si esta permitido el uso de lentes biopticas para la conducción aquí en España, ya que en EE.UU, Reino unido y algunos países nórdicos si estan permitidos.
    Un saludo, y enhorabuena por el blog.

  40. Reme dice:

    Hola Sam. En España no se contempla conducir con gafas biopticas. En cuanto a la prueba de conducción real no creo que le sea admitida. Lo más adecuado es aportar un informes e su oftalmologo en el que se indique su agudeza visual. Un saludo.

  41. Paco dice:

    Buenas tardes, en primer lugar felicitarle y agradecerle que exista esta página y su labor.

    Mi duda es la siguiente:
    Un conductor que pasó un tribunal médico hace 8 años le reconocieron una enfermedad psíquica; enfermedad que no tiene actualmente, ni tratamiento, ni médico, ni síntomas, pero oficialmente le quedó reconocida.
    ¿Tiene la obligación de declararlo en la renovación?
    Objetivamente, no tiene esa enfermedad ¿Puede entenderse que si no lo manifiesta en el reconocimiento para la renovación esta ocultándolo cuando realmente no la tiene?

    Saludos y muchas gracias

  42. Reme dice:

    Gracias Paco. En el reconocimiento médico para el permiso de conducir se pregunta por los antecedentes médicos personales pero se valora el momento actual del conductor. Por lo tanto, si ya no toma medicación y está de alta, no le condiciona la renovación. Un saludo.

  43. Dolores dice:

    Buenas tardes, mi pregunta es la siguiente:
    hace 10 años me saque el carnet de clase B, sufro esclerosis multiple, mi linitacion en la pierna izquierda hizo que me comprara un coche automatico(con el cual despues de pasar la ITV me examine, ahora a los 10años he ido a renovarlo y con el sicotecnico superado la unica cosa que me han dicho es que he de personarme en la DGT. no entiendo porque tengo que desplazarme y para que.
    Gracias.

  44. Reme dice:

    Hola Dolores. Todos los conductores con necesidades especiales deben acudir a la DGT para los trámites de renovación. El programa informático que utilizamos en los centros de reconocimiento no nos permite hacer el trámite en estos casos. Un saludo.

  45. Dolores dice:

    Muchas gracias Reme !! tu información me ha sido rapida y de gran ayuda .
    te felicito por este Blog de granayuda y por tu eficacia y claridad en tus mensajes.
    un saludo,
    Lola 🙂

  46. Dolores dice:

    PDT: Lo único que no entiendo es porque en el centro de reconocimiento no me dieron esta información siendo que ellos saben que no se puede tramitar en estos casos desde ahí mismo.

  47. Loren dice:

    Buenas tardes,gracias de antemano por esta magnifica labor informativa.Bueno seré breve, se puede renovar y conducir camiones y autobuses con la amputación de la mano izquierda, si tenemos en cuenta que la mayoría de estos vehículos hoy día son de cambio automático.
    Un saludo.

  48. Reme dice:

    Dolores, muchas veces aprendemos cuando se nos presenta un caso como el tuyo. El programa de la DGT no da muchas explicaciones!

  49. Reme dice:

    Hola Loren. En España no se contempla esa posibilidad. Es una lástima, pero los avances tecnológicos son mucho más rápidos que la legislación. De hecho ya hay vehículos que no necesitan conductor, pero los legisladores no se lo plantean. Un saludo.

  50. Dolores dice:

    Comprendido Reme, de nuevo muchas gracias.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Subir