RENOVAR EL CARNET DE CONDUCIR ¿ UN DERECHO?

Tras el correspondiente aprobado en el examen teórico y después en el práctico, conseguimos nuestro carnet de conducir. Este carnet nos da DERECHO a conducir un vehículo por un tiempo determinado, siempre que respetemos las normas de circulación.

Actualmente el período de vigencia del carnet es de diez años hasta cumplir los sesenta y cinco y de cinco años a partir de esa edad.

Durante este período de tiempo es lógico pensar que podemos enfermar, o tener un accidente que nos provoque una incapacidad, o una operación que nos limite nuestros movimientos o una enfermedad mental que nos altere nuestra capacidad de decidir.

Por estos motivos se hacen los reconocimientos de conductores periódicos.  Yo me dedico a hacer estos reconocimientos y mi objetivo principal es que el conductor siga teniendo su DERECHO   a conducir. Cuando se detectan enfermedades o conductas que pensamos que pueden alterar su capacidad de conducir, pedimos un informe a su médico de cabecera o al especialista que lo atiende, porque son los médicos que realmente conocen al paciente y saben si siguen sus recomendaciones de tratamiento o no.

Nuestro objetivo es que el conductor siga conduciendo, pero a veces es necesario adaptar su vehículo, o limitarle la velocidad máxima, o indicarle que sólo puede conducir con luz diurna o suspender temporalmente este derecho hasta que el problema se haya solucionado.

Para algunos conductores mayores de sesenta y cinco, sus coches  son sus piernas. Andan con dificultad, pero las habilidades motoras necesarias para conducir, las mantienen. Renovando su carnet, ayudamos a que estas personas sean autosuficientes y estén mejor integradas en la sociedad.

NO es fácil decirle a un conductor que sus capacidades para conducir no son las adecuadas y que puede representar un peligro para sí mismo o para los demás.

Pero a veces, no hay más remedio.

A PARTIR DE 2016, LAS CONSULTAS QUE PRECISEN LAS PUEDEN REALIZAR EN EL SIGUIENTE ENLACE:

RECONOCIMIENTO DE CONDUCTORES

  1. Marta dice:

    Hola Reme.
    Llevo bastante tiempo intentando que me orienten sobre unas dudas con respecto a las restricciones de mi carnet de conducir, te cuento:
    Mi discapacidad es de una malformación en la mano derecha (sin ausencia de dicho miembro) y cada vez que tengo que renovar el permiso los médicos del centro no tienen muy claro qué restricciones deben aplicar, una de ellas es que el coche debe ser automático.
    Para mi es muy difícil conducir con esa restricción debido a que no puedo hacer el movimiento prensil y debo mover la palanca con la mano izquierda.
    La pregunta es si puedo solicitar una revisión de esa restricción y a qué organismo debo acudir para solicirtarlo.

    Un saludo muchas gracias.

  2. Reme dice:

    Hola Marta. En las delegaciones de la DGT de cada provincia trabaja un médico especializado en este tipo de restricciones llamado médico de pista. No estoy muy segura si puedes contactar directamente con él o a través de la DGT. De todas formas, al ser la mano derecha la que te provoca la discapacidad y ser esta mano la que predomina en la conducción del vehículo, no es fácil adaptarlo.
    Un saludo.

  3. Marta dice:

    Muchas gracias Reme, no sabes como agradezco tu rápida respuesta.
    Un saludo

  4. Antonio dice:

    Hola Reme, hace unos días estuve en el centro médico para renovar mi permiso de conducir, les informé de que hace 5 años sufrí un infarto pero sin daños ni secuelas. Varias veces le he preguntado a mi medico que riesgo tengo de sufrir otro infarto, y me dice que con los controles que llevo y los cambios de hábitos que he experimentado (comidas sanas, hacer deporte, andar...) es muy difícil que me vuelva a repetir.

    Aún así solo me renuevan al permiso durante 2 años. Mi pregunta es:

    Hay alguna forma de que en la nueva revisión y con un informe favorable de mi cardiologo pueda conseguir que me lo den a 10 años.

    Gracias

  5. Reme dice:

    Hola Antonio. En tu caso se ha aplicado el CRITERIO FACULTATIVO. La vigencia no se aplica por la edad sino por la patología cardíaca que padeces. Por el mismo motivo que sigues tus revisiones con tu cardiólogo cada año, también se debe revisar la capacidad para conducir. Otro problema son los costes que para ti suponen revisar cada dos años. Hace unos años había una tarifa especial reducida para estos casos pero desde que se liberalizaron los precios, ya no se aplica. Un saludo.

  6. jaime dice:

    Buena tardes
    hoy he ido a un centro medico para renovar el carnet tipo C1,C1- E y btp,
    Me han realizado el reconocimiento, todo bien y cuando han ido a gestionarme el permiso provisional, resulta que les aparece una restriccion con un codigo (creo recordar 0032) y me dicen que tengo que ir a trafico para gestionarlo.
    Me he quedado preocupado, porque no tengo ninguna multa pendiente....

    ¿Sabes a que se puede deber?

    Gracias y un saludo

  7. Reme dice:

    Hola Jaime, el codigo 0032 significa que "TIENE CÓDIGOS RESTRICTIVOS NO PERMITIDOS". Si dices que el reconocimiento ha ido bien, la verdad es que no es explica. Una posibilidad es que tu agudeza visual o auditiva sea apta para el permiso B pero no para el C o BTP. En la Jefatura de Tráfico te dirán el motivo. Un saludo y no dudes en consultar si tienes dudas.

  8. Luismari Arteche Campos dice:

    Hola, tengo un cancer de intestino delgado (yeyuno) diagnosticado hace 2 años y actualmente estoy en tratamiento de quimioterapia, la quimio nunca me ha dado efectos secundarios y la analítica siempre la he tenido bien, vamos que soporto bien la quimio. Me ha tocado renovar el carnet de conducir y a la pregunta de si tomo algun medicamento, le expongo mi caso claramente y me paran el tramite de renovación por estar tomando quimio y que si el oncologo o médico de cabecera me hacen un certificado de que estoy apto para conducir me lo tramitan, el oncologo no se atreve a certifcicar nada y me dice que mienta y no diga nada, pero el expediente ya esta grabado en trafico a la espera de informe médico y la medico de cabecera, me dice que me hace un informe de mi situación actual,,yo flipo porque fisicamente estoy estupendamente (tengo 55 años)..es posible que si me hacen un informe en el que indique que mi trtamiento no es homeopático sino que me tratan como a un colón y no tengo anemia y mucho menos severa, al día del informe y que me sirva ???.
    Alucino porque he estado conduciendo 2 años y si al renovar callo, cuela..si mientas pasas, si eres honrado te dan..injusto totalmente
    Conduzco muy poco actualmente y esta claro que si me encontraria mal ni se me ocurre coger el coche, pero la libertad de movimientos que te da, no tiene precio, encima de enfermo, apaleado..injusto
    Muchas gracias por anticipado

  9. Reme dice:

    Hola Luismari. El Reglamento General de Conductores indica que en el caso de padecer cáncer y estar en tratamiento de quimioterapia, se debe aportar un informe de la situación actual en el momento de renovar el permiso. Te remito a otro post de este blog en el que lo explico:
    Haber tenido cáncer no significa no poder conducir nunca más.

    El médico del centro de reconocimiento de conductores necesita saber lo siguiente:
    1.- La confirmación del diagnóstico.
    2.- Conocer el tratamiento que le han prescrito.
    3.- Valorar la evolución de la enfermedad.
    4.- Conocer si se prevén cambios sustanciales en su tratamiento que reduzcan la capacidad de manejo de un vehículo.
    Si usted ha finalizado el tratamiento de quimioterapia y sus facultades psicológicas y físicas están conservadas, puede renovar su permiso. Si no estuvieran conservadas, se le dará un NO APTO TEMPORAL, por un periodo de 6 meses y después se le volverá a valorar.
    Un muy pocas ocasiones, cuando se ha producido un deterioro importante, NO SE PUEDE RENOVAR EL PERMISO.

  10. juan dice:

    Hola.
    Tengo una minusvalia del 38% por deficit visual. Tengo nistagmus congenito, miopia y astigmatismo. Mi agudeza visual es de 5/10 en ojo izquierdo, 6/10 en ojo derecho y 6/10 binocular.
    Podria sacarme el carnet de conducir?
    En caso de poder quitarmelo tendria alguna restriccion especial por mi deficit visual.

  11. Reme dice:

    Hola Juan. Según el anexo IV del Reglamento general de conductores, en el grupo 1 de conductores ( licencia de motos y automóviles), la agudeza visual mínima debe ser de 0,5 binocular.El nistagmus si es congénito no debería impedir la conducción siempre que cumpla los criterios establecidos, es decir, que la agudeza visual binocular sea de 0,5 y sin que su eventual bloqueo se produzca por una tortícolis de más de 15 grados. Por criterio facultativo, se puede reducir la vigencia del permiso y es entendible, ya que, al igual que tu especialista te cita cada cierto tiempo para ver tu evolución, se debe valorar igualmente la capacidad de conducir. En resumen, en principio puedes obtener el permiso tipo B.

  12. Alejandro dice:

    Hola,
    primero me gustaría felicitarte por tu blog y agradecerte de antemano el trato y las soluciones que has ofrecido a todos mis antecesores. GRACIAS!
    Mi consulta es la siguiente, tengo una minusvalia visual del 34%, exactamente por Perdida de Agudeza Visual Binocular Severa por Alteración Coriorretiniana y Perdida de Agudeza Visual Binocular Severa por Miopia. con una 0,05 OI y 0,55 OD.
    El grado se me ha reconocido hace poco, la verdad es que como mi problema es de nacimiento siempre me las he apañado bien y fue un amigo quien me animó a solicitar mi grado de minusvalía. Mi preguinta es si con mi visión soy apto para conducir¿? siendo sincero de día veo bien, con mucha luz, en cambio cuando anochece es otra historia, el carnet me lo tendría que renovar en Enero de 2013, tipo B, y no se si es compatible mi grado con poder conducir, coduzco veinte Km díarios para ir a trabajar, y la verdad que no quiero estar conduciendo si no puedo y en Enero de 2013 no me van a renovar el permiso.
    Te agradezco de nuevo tu tiempo y ayuda.
    Saludos!

  13. Reme dice:

    Gracias Alejandro por visitar este blog. El Reglamento General de Conductores en su Anexo IV especifica que en el caso de visión monocular ( tu caso), la agudeza visual del ojo mejor debe ser 0,6 o más. Por lo tanto, no alcanzas el límite. Creo que no debes conducir porque como tú mismo indicas con sentido común, sólo ves con mucha luz y aún así, seguramente tu campo visual debe estar muy reducido. No creo que pases el próximo reconocimiento. Si te han otorgado el grado de minusvalía visual es porque tu visión está muy limitada y por lo tanto, NO debes conducir por tu seguridad y por la de los demás. Un saludo.

  14. Alejandro dice:

    Gracias de nuevo pero me surge otra cuestión, estoy infringiendo alguan norma al conducir hasta que se me cumpla la fecha de renovación. Y el tema de reducción de la velocidad o conducción en horas diurnas podría afectarme de alguna manera¿?¿?

  15. Reme dice:

    En la última revisión del Reglamento se eliminó la reducción de velocidad en el caso de visión monocular. Sin embargo, la opcion de limitar la conducción a periodos diurnos, sí es posible. De todas formas, no alcanzas el mínimo visual. No estás infringiendo la norma pero si tuvieras un accidente y la policía sospechara que puede deberse a tu deficiencia visual, pueden retirarte el permiso y remitirte a un centro de reconocimiento para valoración.

  16. Elizabeth dice:

    Hace 17 años que manejo con licencia profecional . En el 2007 me diagnosticaron Trastorno Bipolar el cual me lo estoy tratando con litio y Midax y voy cada 20 días a la psiquietra la semana pasada me peidieron un certificado psiquiatrico. Porque en la entrevista yo dije que padecía este trastorno y que tomaba medicación y ahora tengo miego que me saque mi licencia de conducir por ser bipolar

  17. Sergio dice:

    Hola, tengo dos preguntas:
    1º Tengo carnet de hace 8 años, con dos adaptaciones: pomo al volante (sencillo) y cambio automatico. He comprado un coche nuevo, pero m encuentro que el pomo que tengo en el viejo no se lo puedo poner sin mas. Me piden otro ,homologado, con informe de taller, otros me dicen que certificado de la marca... Cual es el proceso? Bastaria comprar un pomo homologado y pasar la ITV con el y un informe del taller que lo monto?

    2º. Como puedo quitarme la restriccion del pomo? No lo uso, voy mas comodo sin el, teng las dos manos funcionales pero en la auto al sacar el carnt me pusieron pomo pues "iba mejor" con el, menos nervioso y demas. Pero claro, ahora tras muchos años, ya voy mucho mejor y sin pomo. Cual es el proceso? Con el psicotecnico ya valdria? O necesito otra prueba en pista? A las malas en dicha prueba, podria quedarme como estoy no?

  18. Reme dice:

    Hola Elizabeth. Los conductores con trastorno bipolar o trastorno del estado de ánimo deben aportar un informe en el que se especifique que " no existen trastornos graves del estado del ánimo que conlleven alta probabilidad de conductas de riesgo para la propia vida o la de los demás". Debe ser tu psiquiatra el que lo certifique. Con el informe favorable de tu psiquiatra no tendrás ningún problema en renovar tu permiso. Un saludo.

  19. Reme dice:

    Hola Sergio. En primer lugar, el pomo en el volante debe ser homologado y en casi todas las provincias hay talleres que se especializan en este tipo de adaptaciones. En segundo lugar, si no utilizas el pomo en la conducción, puedes pedir en tu próxima renovación que te evalúen de nuevo para ver si lo necesitas o no. También puedes pedir una prueba de pista para demostrarlo. Un saludo.

  20. Sergio dice:

    Pero necesitaria la prueba en pista, o solo decirselo al psicotecnico ya valdria?¿

  21. Reme dice:

    Hola de nuevo, Sergio. Si el médico del centro de reconocimientos de conductores considera que puedes manejar el volante adecuadamente sin la necesidad del pomo, no es necesaria la prueba de pista.

  22. Ruben dice:

    Buenas.

    Por abusar mucho de mis piernas haciendo deporte me ha salido un problema que mi médico aún no sabe de que se trata. Nos decantamos por un síndrome de fatiga crónica que me afecta a que mis piernas se cansan mucho haciendo actividades cotidianas y apenas pueda estar escasos minutos de pie y ahora que en poco tengo que renovar el carnet y mi coche es mi vida me he parado a pensar y me estoy asustando con esto de la renovación...
    Tengo 28 años y si no vengo en coche no puedo venir a trabajar.

    Si no digo nada en el centro casi que mejor no??? el miedo que tengo es si me hacen estar de pie unos minutos...

    Que puedo hacer???

  23. Reme dice:

    Hola Rubén. En mi opinión creo que debes acudir a tu médico y que te diagnostique tu problema de movilidad de extremidades inferiores. Es más importante el diagnóstico y tratamiento que mentir en el reconocimiento. Ten en cuenta que los médicos obtenemos mucha información del estado de salud sólo con observar la forma de caminar y en la exploración se va a detectar. Si tienes tu diagnóstico y tu tratamiento, siempre se puede adaptar el vehiculo o las condiciones de conducción. Un saludo.

  24. jose dice:

    Hola Reme.

    Mi caso es el siguien, tengo una minusvalia psiquica de caracter temporal y yo estoy en posesion de todos los carnets. Mi pregunta es la siguiente ¿Me pondran alguna traba a la hora de renovar mi s carnets?
    sigo un control ambulatorio y medicacion

  25. Reme dice:

    Hola José. No se muy bien a qué te refieres con minusvalía psíquica temporal. Si te refieres a un proceso de tipo depresivo o ansioso y estás en tratamiento médico, deberás aportar un informe del especialista que te trata, cuando tengas que renovar tu permiso.

  26. jose dice:

    Hola Reme.

    Muchas gracias por contestar eso lo primero.
    Tengo reconocida una minusvalia de caracter psiquico por la comunidad de madrid, con un grado de discapacidad del 65% y es valida hasta el 2014, con fecha de efectos en el 2010.
    yo me saque los carnets mucho antes de tener dicha enfermedad y como es de caracter temporal mi cuestio es saber si tengo que hacer algo al respecto ya que me caducan los carnets en el 2013.

    Muchisimas gracias

  27. Reme dice:

    Hola de nuevo Jose. El Reglamento General de Conductores precisa que para la valoración de la discapacidad psiquica del conductor se requiere el diagnóstico clínico e información adicional sobre el deterioro funcional de la persona y sobre cómo este deterioro afecta a las capacidades particulares de la conducción de vehículos. Para renovar el permiso B se precisa un informe favorable del especialista que lo trate pero para el permiso profesional ( C o D ) no se admiten. De todas formas, es el médico responsable del reconocimiento de conductores el que debe valorar y en su caso, renovar o no, el permiso correspondiente. Un saludo.

  28. Luis dice:

    Buenos días: gracias por existir este blog y que nos permita resolver algunas dudas.
    Mi pregunta es la siguiente: un familiar, joven de 36 años tiene permiso de conducción B. Desde el año 2003 ha perdido la visión parcial del ojo derecho,¿Puede renovar su permiso de conducción? De ello depende su trabajo ya que es agente comercial.
    Muchas gracias

  29. Reme dice:

    Muchas gracias Luis. No me indica la pérdida de visión de su familiar pero he de informarle que se puede conducir con visión monocular. Es decir, aún habiendo perdido totalmente la visión de uno de los ojos, se puede renovar el permiso B con adaptaciones en el vehiculo que consisten en doble retrovisor exterior y el interior, panorámico. Un saludo.

  30. jorge dice:

    hola muy buenas me llamo jorge.

    desde hace 5 años y medio un familiar con carnet de conducir del año 2002, que tubo un accidente de la construcion con estas secuelas, distonia cervical,otrofia optica y trastorno ansiosodepresivo adactativo.
    hoy a ido a pasar el reconocimiento medico cuando termina todo le dice la doctora del centro que no le puede sacar la renovacion y que tiene que ir a trafico pero no le dice el motivo y no emos podido ver el digito que le salia en la pantalla del pc que tiene que hacer mi familiar gracias un saludo.

  31. Reme dice:

    Hola Jorge: en ocasiones tras rellenar los datos del conductor en el programa de la DGT, puede aparecer una pantalla que indica que el conductor debe pasar por la oficinas de Tráfico. Los motivos pueden ser varios. Si aparece un código puede deberse a un problema médico pero también puede deberse a que no le queden puntos del carnet o que tenga pendiente una multa de tráfico. Hasta que no vaya a la DGT no lo va a saber. Un saludo.

  32. jorge dice:

    reme muchas gracias por responder,que sepamos multa no a tenido nunca y los puntos los tiene todos mas 3 o como es lo mismo 15 puntos puede que sea por las consecuencias del accidente.

    ya nos pasaremos mañana por trafico y aver como le va alli gracias de nuevo un saludo.

  33. jorge dice:

    hola reme de nuevo soy jorge.

    ya esta todo solucionado ya tiene de nuevo el carnet,porque en trafico le dimos el dni y no salio nada raro ni multas ni nada me a comentado la funcionaria que podia aver sido por un error del sistema un saludo y gracias de nuevo.

  34. ANDRES dice:

    A mi esposa le venció el permiso B en el año 2006, al hacer la revisión médica le detectaron un problema visual y se lo renovaron con el código 01.102 104.2. ello es por dos años, hasta el 2008, la verdad es que el facultativo fue muy estricto. Se le ha pasado renovarlo, ya que pensaba que era por 10 años como la anterior vez, y de hecho ha extraviado el carnet físico, ahí es cuando se ha dado cuenta de que estaba vencido al intentar solicitar un duplicado en tráfico.
    Ahora tiene que ir a hacer un nuevo reconocimiento y quiere ir a otro centro, sin decir nada de lo de los 2 años; si pasa la revisióncorrectamente, se lo darán tb por dos años, o seria por 10, ya que tiene 38 ?
    Ese otro centro médico, si mi mujer no dice nada, sabrá el dato del vencimiento a los 2 años?

    Muchas Gracias.

  35. Reme dice:

    Hola Andrés. En principio si pasa la revisión con una agudeza visual igual o superior a 0.5 con o sin corrección y no tiene ningún problema visual importante, le darán el permiso para 10 años( criterio de edad). No obstante, si el médico del centro lo considera, puede aplicar un criterio facultativo y por lo tanto, darle menos años. Un saludo.

  36. ANDRES dice:

    Muchas Gracias por la respuesta.

    Una pequeña duda, si al ir al reconocimiento médico (sin el permiso al haberse extraviado) no dice nada de la limitación de los dos años, el centro médico tiene conocimiento de ese dato ? O por el contrario, a los datos a los que accede de Tráfico eso no consta ? La verdad es que prefiere ir sin decir nada, que le hagan el reconocimiento normal como a todo el mundo y sin una mayor incidencia en ese punto, y si sale todo OK, que se lo concedan por el tiempo que le correspondería por edad.

    Gracias de nuevo.

  37. Reme dice:

    Hola de nuevo Andrés. En el centro de reconocimiento de conductores no podemos saber la limitación de vigencia hasta que enviamos el informe a la DGT. En ese momento, sale una pantalla en la que nos indica que las restricciones han cambiado y te pregunta si quieres seguir con el proceso. Por lo tanto, lo más probable es que, aunque pase perfectamente la revisión médica, aparecerá esta pantalla y el médico preguntará el motivo. Un saludo.

  38. JUANA dice:

    A mi padre le dieron en el INSS invalidez permanete total, por estenosis de canal lumbar realizandose descompresion L4-L5+ artrodesis posterior L4-S1 para su profesion habitual en el año 97, la invalidez al pasar de los 65 años es jubilacion (ahora 68 años) y quiere recuperar permisos DE, es posble con informe de la unidad de raquis que dice evolucion buena y sin limitacion para la conduccion recuperar actualmetne el DE, ya que el B se lo dieron el año pasado

  39. Reme dice:

    Hola Juana, no tiene ningún sentido que a tu padre le hayan dado el Invalidez permanente total para su trabajo y que quiera recuperar un permiso profesional. A su edad y con su problema físico, él no va a conducir nunca un autobús con remolque
    (D*E) por lo tanto te aconsejo que hables con él y que desista. El permiso tipo B es distinto y posiblemente con un coche adaptado o bien automático no tenga ningún problema para conducir y ser autónomo. Un saludo.

  40. juanjo dice:

    hola,la renovacion del carnet me la dan para un año,sufri un ictus pero voy mejorando,me pueden dar la renovacion para mas tiempo.un saludo

  41. maria dice:

    Hola Reme,
    Mi pregunta te puede parecer tonta, pero para mi es importante.
    He extraviado mi permiso de conducir, no lo encuentro en casa, y aunque apenas coduzco necesito tenerlo para caso de necesidad. La cuestion es que creo me toca renovarlo en breve, pero asi no se exactamente cuando y te preguno si hay forma de obtener esta informacion porque lo que es en la DGT no veo donde solicitarlo. Puedo saberlo de alguna forma? Si se trata de un mes o dos espero y me ahorro el tiempo de colas . Gracias por leerme, y muchas si puedes ayudarme.

  42. Reme dice:

    Hola María. Si quieres saber si tu permiso de conducir se puede renovar, puedes acudir a cualquier centro de reconocimientos de conductores con tu DNI y te dirán si todavía está vigente o si lo puedes renovar. Si todavía está vigente, deberás ir a la DGT a pedir un duplicado. Un saludo.

  43. julia dice:

    Me han diagnosticado otoesclerois en el oido izquierdo y me han recomendado operación por la pérdida auditiva grande que me está causando. Tengo que renovarme el carnet de conducir en los próximos meses y todavía no me habré operado ¿ puedo tener problemas para obtener el certificado médico ? ¿pueden declarame no apto ? , con el otro oido oigo perfectamente.

  44. Reme dice:

    Hola Julia: Los criterios de aptitud en el sentido de la audición para los conductores del permiso B son: en caso de hipoacusia < de 45% de pérdida auditiva combinada, no se aplica ninguna medida restrictiva. Si la pérdida es > del 45%, se aplica la obligación de llevar espejos retrovisores adaptados. Si oyes bien por el oido derecho, no creo que tengas > del 45%, por lo tanto, no tendrás ningún problema. Un saludo.

  45. karina dice:

    Hola!
    Tengo el certificado de discapacidad,a raiz de una hipoacusia.En el certificado figura :defiiencia:45.4 discapacidad:23 minusvalia:1.3,5.3
    yo tengo colocado audifonos en los dos oidos y quiero saber si tengo pronlemas para renovar el registro y si tengo que llevar estudios o alguna otro dato para renovarlo o solo con ir con mis audifonos es suficiente.
    Mucghas gracias!!!

  46. Reme dice:

    Hola Karina. No necesitas llevar nada más que tus audífonos al centro de reconocimiento de conductores. Por la hipoacusia con audífonos te pondrán unos códigos en el permiso que significan que debes llevar los audífonos para conducir y que tu coche debe llevar doble espejo retrovisor y el interior, panorámico. Un saludo.

  47. hector dice:

    donde coloco espejo parabolico problema con mi ojo derecho del lado derecho o izquierdo

  48. Reme dice:

    Hola Hector. En España se colocan doble espejo retrovisor y el interior panorámico.

  49. juan dice:

    hola,tengo que renovar el carnet en abril,tengo una maculopatia en el ojo derecho por lo que no tengo agudeza visual,en el ojo izquierdo leo hasta la septima fila en el cuadro oftalmologico,podré renovarlo,gracias

  50. Reme dice:

    Hola Juan. Si con el ojo izquierdo superas el 60% de agudeza visual, podrás renovar el permiso con visión monocular y con la obligación de instalar en tu vehículo, doble espejo retrovisor y el interior panorámico. Un saludo.

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